La recertificación profesional es un asunto que inquieta a los facultativos. En cierto modo por la cultura de rechazo a la evaluación y por el hastío por los numerosos exámenes a los que se les han sometido a lo largo de su formación. También a que aún hay mucha desinformación sobre el concepto. Bajo el título Yo recertifico, tu recertificas… ¿él se recertifica?, el editorial de Atención Primaria de este mes trata sobre este tema.
El texto comienza por aclarar qué es la recertificación: “el proceso que permite avalar la competencia profesional del médico de familia”. Pasa a continuación a referir el vacío legal que aún existe con respecto a la obligatoriedad del mismo y a su idoneidad. Los autores consideran que la recertificación es necesaria por requerimiento legal; por compromiso social y por profesionalismo médico.
Finalmente, el editorial de la revista aborda cómo será la herramienta creada por la semFYC para la recertificación, que incluye dos componentes. Por un lado, lo que corresponde a la actividad asistencial, cuya ponderación en la recertificación será de un 60%. Por otro, lo que compete a la formación, docencia e investigación, que ponderará un 40%.
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