Paciente domiciliario.

La Sociedad Castellano-Manchega de Medicina de Familia y Comunitaria (SCAMFYC) considera que el control del paciente de alta domiciliaria tras una valoración / ingreso hospitalario, cualquiera que sea su proceso, debe pivotar en el Médico de Familia y personal de Atención Primaria, con independencia de los recursos de apoyo disponibles a nivel hospitalario y solicita a las instituciones sanitarias una empoderación real de la Atención Primaria, y no una usurpación progresiva de sus competencias.

• El Médico de Familia como establece nuestro Programa Oficial de la Especialidad, cuenta entre sus competencias con la atención al paciente en domicilio tanto crónico como inmovilizado, anciano y terminal (incluyendo la atención al duelo y al cuidador), estando perfectamente capacitado para ello.
• Con relación al nuevo Plan Regional de Cuidados Paliativos que se está poniendo en marcha en nuestra Comunidad, entendemos que es un servicio de apoyo para el manejo domiciliario del paciente paliativo complicado o que requiera una serie de recursos especiales, pero que el control de la atención deber radicar en su Médico de Familia y Enfermero de Atención Primaria, profesionales a quienes debería ser remitido para control y manejo tras el alta de cualquier servicio hospitalario. Posteriormente el
Médico de Familia podrá hacer uso de los recursos de apoyo disponibles que se encuentren en su Gerencia cuando el manejo lo requiera. Solicitamos que esto sea modificado en los circuitos de derivación a las Unidades de Cuidados Paliativos que se expone en el nuevo Plan Regional de Cuidados Paliativos de Castilla-La Mancha.
• Lo mismo consideramos para la nueva Unidad de Continuidad Asistencial (ECA) que forma parte del servicio de Geriatría de algunas gerencias (GAI Albacete, según nos consta). Entre sus funciones consta el “tratamiento y seguimiento en fase aguda de enfermedad en domicilio”; los pacientes son derivados sin que el responsable de ese paciente en el domicilio (el Médico de Familia) tenga constancia. Todo ello supone una intromisión en las competencias del ámbito de Atención Primaria y nos sorprende que se haya permitido desde los Servicios Centrales del SESCAM.
• Por lo tanto, defendemos nuestras competencias en el control del paciente crónico, domiciliario, geriátrico y terminal en la comunidad, que debe de estar liderada por los profesionales de Atención Primaria con independencia del uso consultivo y de apoyo de ciertos recursos hospitalarios.
• Desde SCAMFYC solicitamos a las instituciones sanitarias una empoderación real de la Atención Primaria, y no una usurpación progresiva de sus competencias.